| viernes, 01 de agosto de 2014 | |||
| TSJ declara la pérdida del interés procesal en recurso interpuesto contra Ley de la Actividad Aseguradora | |||
| EN NOTICIAS DEL TSJ, pude leer que: | |||
¿Decisión política, más que jurídica?, no sabemos. En todo caso, creo que los denunciantes perdieron una gran oportunidad de desnudar la inconstitucionalidad del Decreto Ley de la Actividad Aseguradora, ya que como he dicho en las páginas de este blog, este es inconstitucional, pues el difunto Presidente no tenía facultades expresas otorgadas por la Ley Habilitante, para modificar el contenido del Código de Comercio en esta materia. | |||
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viernes, 1 de agosto de 2014
PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL POR PARTE DEL DENUNCIANTE CONTRA LA LAA
miércoles, 14 de septiembre de 2011
NORMAS PRUDENCIALES
Apreciados lectores:
Por parecerrne un tema de sumo interés, decidí hacer este ensayo sobre LAS NORMAS PRUDENCIALES, un concepto indeterminado que quizás para administradores, economistas y contadores sea conocido, pero que para abogados y el resto de las personas que de un modo u otro estamos en el ámbito asegurador, es un tema que se desconoce totalmente, al igual que se desconocen las implicaciones jurídicas que acarrea.
Esta noción está presente en el cuerpo legal que regula nuestras acciones, nada más y nada menos que 75 veces nombrado en la Ley de la Actividad Aseguradora recientemente aprobada en el 2010 por la Asamblea Nacional de Venezuela.
Es un concepto jurídico indeterminado,como bien lo digo en el texto del ensayo, se refiere a normas de rango sublegal que no pueden ser utilizadas para imponer sanciones a los administrados intervinientes en el ámbito asegurador (productores, corredores, empresas, asegurados, asesores, ajustadores).
Les invito a adentrarse en el tema para enriquecer los conocimientos y por supuesto, si tienes alguna duda adicional, puedes escribirme o contactarme para una asesoría personal.
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