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martes, 19 de febrero de 2013

LAS PRUEBAS EN SEGUROS

Estimados amigos: 

El tema de las pruebas en seguros nace de mis experiencias de mas de treinta años como litigante en la materia aseguradora, donde he tenido que innovar en un mercado dominado por las ideas de los aseguradores y buscar nuevas teorías extranjeras para  amoldarlas a lo expresado no solo en nuestras leyes aseguradoras -tanto el Decreto Ley del Contrato de Seguros (2001), como de la nueva Ley de la Actividad Aseguradora (2010)-, sino aplicar también en forma coordinada con las anteriores, la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso de los Bienes y Servicios (2009) que regula el contrato de adhesión, con el objeto de  romper los viejos paradigmas y abrir el mundo del Derecho del Seguro en Venezuela a estas nuevas ideas, que han sido acogidas tímidamente por los tribunales de la República y que se han abierto camino a paso lento, pero firme. 

Paradójicamente, le debo dar las gracias a las aseguradoras, que con su férrea oposición a mis planteamientos, han hecho posible que se despierten las ideas y se busquen nuevas soluciones adaptadas al estado social de derecho y de justicia social que señala la Constitución de la República de Venezuela, para aquellos viejos problemas que siempre fueron resueltos a favor de las aseguradoras. Ya podemos hablar del In Dubio Pro Asegurado y desde ahora, de la Carga de la Prueba Dinámica en materia aseguradora así como de el Principio del Acto Propio. 

Si desean saber más sobre el tema, los invito a descargar el artículo completo en el siguiente enlace: