Estimados amigos:
Este nuevo tema que publico hoy, como aparece en el título, se refiere a los modos de suspender la caducidad en forma legal y la manera de suspenderla también, debido a los actos propios del asegurador, que generan derechos a favor del asegurado y que la aseguradora posteriormente no puede desconocer.
También trato lo referente a la renuncia tácita a la caducidad en proceso por parte del asegurador debido a los actos propios por el ejecutados, que puede alegar el asegurado en su beneficio y en contra de las posteriores pretensiones de la aseguradora de solicitar o alegar la caducidad de la acción.
La caducidad en seguros -a diferencia de la que aplica en otros tipos de contratos-, se puede suspender y el propio Decreto con Fuerza de Ley del Contrato de Seguros, así lo determina; además, existen motivos que se pueden alegar como una renuncia tácita del asegurador a la caducidad que se encontraba en proceso, debido al rechazo del siniestro.
Para conocer más sobre este tema, te ofrezco el ensayo completo y espero tus comentarios.
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