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domingo, 12 de junio de 2016

Aplicación de la cláusula de Motín y Disturbios Callejeros a los saqueos en Venezuela.

Ante los hechos de saqueos que están ocurriendo en Venezuela a consecuencia del problema alimentario, recuerdo que nuestros Tribunales de la República en fallo añejo, por hechos similares ocurridos en la década de los sesenta (60) señalaron ante la aplicación de las cláusulas de Motín y Conmoción Civil en las pólizas de Incendio y Riesgos Aliados por parte de las aseguradoras para eximirse del pago por la falta de esa cobertura, que éstas no pueden contentarse con demostrar que en la zona donde ocurrieron los hechos -en aquel entonces centro de la ciudad de Caracas- hubo Motines o disturbios callejeros, sino que el acontecimiento en particular se produjo a consecuencia del Motín o disturbios callejeros.
Aquí se basaron los Tribunales en el añejo aforismo legal, de que quien alega debe probar su alegato, artículos 1354 del Código Civil en concordancia con el 506 del Código de Procedimiento Civil.

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