contador de visitas

miércoles, 10 de julio de 2013

RECORD DE DENUNCIAS EN LA SALA SITUACIONAL SUDEASEG


La Sala Situacional de Salud, que opera las 24 horas por el 0800Salud,  fue creada por el actuario José Luis Pérez, presidente de la SUDEASEG, el 8 de noviembre de 2010, a través de convenio con la Defensoría del Pueblo y el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).
De acuerdo con la prensa de Sudeaseg, “la Sala Situacional de la Actividad Aseguradora registra un record en la atención inmediata y procesamiento de denuncias sobre fallas e irregularidades en los servicios que afectan a tomadores y demás clientes de pólizas por parte de algunas empresas de Seguros públicas y privadas”.
La Dra Sánchez, quien funge como Coordinadora de dicha Sala, ofreció un balance del primer trimestre 2013, y dijo que “del total de solicitudes de atención o denuncias a ciudadanos, la Sala Situacional recibió 494 por teléfono, 70 por correspondencia, 43 por correo electrónico y 1 de forma personal directa. De todos, 578 casos fueron procesados y cerrados, quedando 40 en proceso de investigación”.
También recibieron 44 denuncias de clínicas y 35 procedieron, “la mayoría por mala atención en emergencias, otros por cobros indebidos a los clientes-pacientes de las compañías aseguradoras”.

La Sala Situacional de Salud atiende a los interesados las 24 horas de los 365 días del año por el contacto 0800-SALUSEG (7258734), el fax 0212.9051684 y el correo electrónico salasituacionalsalud@sudeseg.gob.ve.

REFLEXIONEMOS...
¿Qué está pasando?... ¿Será que los asegurados han tomado conciencia de sus derechos como tomadores de servicios de salud?. Es oportuno aclarar que la SUDEASEG sólo puede atender estas denuncias y abrir procedimientos administrativos en contra de las aseguradoras o empresas afines, que hayan podido caer en algún tipo de irregularidad. Esto sólo puede acarrear sanciones administrativas, pero NO RESUELVE cuestiones propias del contrato de seguros en lo que se refiere al monto de lo pagado por el asegurado por el servicio recibido.
Esto trae como consecuencia que el asegurado, A MENOS QUE INTENTE UN PROCEDIMIENTO JUDICIAL ANTE LOS TRIBUNALES COMPETENTES EN LA MATERIA, no podrá ser resarcido en los gastos que haya efectuado. De tal manera que la intervención de la Sala Situacional y de la SUDEASEG como ente administrativo, es un PAÑO CALIENTE, pero el que pretenda de alguna forma poder recuperar gastos efectuados por algún tipo de servicio de salud DEBE DEMANDARLOS JUDICIALMENTE.
ATENCIÓN MIS LECTORES, no pierdan de vista esto. Es muy importante reclamar los derechos, pero debemos informarnos hasta dónde tiene la SUDEASEG competencia para resolver diatribas que son netamente JUDICIALES.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Publica aquí tu comentario